Hace pocos días, en el cierre del Congreso de la Economía Argentina, un candidato presidencial en Argentina, planteó que una empresa podía contaminar los ríos todo lo que quiera y que el agua no tenía valor y su costo es cero. Todo ello, decía, es porque el agua se encuentra en abundancia. Entonces, si escaseara y se privatizaran los ríos y por ende el agua, se cuidaría que no hubiera contaminación. Estas afirmaciones no sólo son anticientíficas sino también muestran un divorcio abismal con el sentido común.
El agua no debe ser objeto de dolarización
Sabemos desde hace mucho que estamos en un sistema de mercado y sabemos muy bien y aún antes de la modernidad que el mercado ha existido. Hay mercados abiertos, con dirigismo estatal y mixtos. En los países desarrollados y en desarrollo, se ha aprendido que el mercado absoluto es ineficiente para distribuir recursos, bienes, servicios entre las personas y cuidar el ambiente del agua.
La tendencia es sociedad con mercado y no el mercado invadiendo toda la sociedad. Las mejores sociedades son las que se desarrollaron y se desarrollan desde el ambientalismo inclusivo con equidad social y ambiental para todas las especies vivientes. El siglo XXI es el siglo de la crisis del agua, es la crisis que genera la crisis climática. Entre 1953 a 2003 hubo 1.853 conflictos del agua y entre 2020 a 2022 doscientos. El agua cada vez es más escasa y hay muchas guerras del agua.
El agua no es una mercancía. El agua es un bien insustituible principalísimo y derecho humano para la salud. Casi el 70% de nuestro cuerpo es agua. No se puede sustituir el vital elemento con otra sustancia. Es un derecho humano esencial y bien común público. Hay un conjunto de argumentos científicos y técnicos que avalan esta caracterización:
1) El 70 % del consumo del agua en el mundo se utiliza en la actividad agropecuaria, 20% en la industria y el 10% la utilizan las personas. En caso de mercantilizar, pesificar y/o dolarizar ríos y otros fluídos de agua dulce harían muy difícil el acceso a los productos de carne y cerelaes fundamentalmente para los sectores populares. Porque dichos productos en sus precios serían inflacionados por dicha privatización del agua. Según investigaciones científicas y técnicas generar 1 kilo de soja requiere de 1.900 litros y 1 kilo de carne vacuna serían 15.000 litros de agua. Si se mercantilizara, pesificara y/o dolarizara el agua, la actividad agropecuaria entraría en caos, con un proceso altísimo de suba de precios internacionales y el hambre aumentaría en el mundo sobre las casi 258 millones de personas actuales. El agua no se puede privatizar ni pesificar ni dolarizar. Hay que cuidarla y tener un consumo solidario y responsable en todas las actividades.
El 7 de diciembre de 2020 en la Bolsa de Wall Street comenzaba a cotizar el agua como materia prima. Dicha cotización a era a razón de 486, 53 dólares por 1.233 metros cúbicos. Actualmente aumentó a 976 dólares. El agua no debe ser objeto de especulaciones financieras. Es de lesa ambientalidad. El agua no puede ser objeto de dolarización. Los problemas de sequía, como otrora en California, que dio lugar en 2020 a estas especulaciones, los problemas de escasez climática y social del agua, deben resolverse por fuera del mercado, con participación estatal y con la cooperación de los distintos actores del lugar. La crisis del agua por la sequía en la agricultura, entre el Estado de Chihuahua de México y el Estado de Nuevo México en Estados Unidos (2021) se deberían haber resuelto con cooperación y colaboración mediante la paz con el agua. El agua no debe ser financiarizada No es una mercancía.
2) El agua es un bien común público, es decir que pertenece a todas las personas en forma colectiva e individual en forma simultánea y a todas las especies vivas del mundo animal como vegetal. Distintos antecedentes de la ciencia jurídica están imputando derechos al agua. El agua es persona no humana sujeto de derecho tal como lo plantea la dirección de la Cátedra del Agua de la UNR y el Centro Interdisciplinario del Agua de la UNR. Asimismo agregamos antecedentes científicos normológicos que nos permiten ver la evolución y concientización de la importancia del agua como derecho humano y bien común público lo observamos en: la Conferencia del Agua de la ONU en Mar del Plata en 1977, en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1988, en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, en la Observación General Nº 15 del 2002 del Comité de los Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU, en el artículo 47 de la Constitución de Uruguay en el 2004, en la Constitución de Ecuador del 2008, en la Constitución de Bolivia del 2009, en el Manifiesto del Agua de Rosario firmado en el 2010 por el Dr. Leonardo Boff y el que suscribe, en el Pacto Público del Agua capítulo Latinoamericano del 2011 firmado por el Dr. Riccardo Petrella y el abajo firmante, en la Constitución de Argentina en el artículo 41 al establecer el derecho humano a un ambiente sano y en el artículo 75 inciso 22. A nivel jurisprudencial, se puede connotar en los fallos de la Corte Suprema de la Nación en el caso Kersich de 2014 y el fallo del 23 de marzo del año en curso, en el caso “Comunidad Aborigen de Santuario Tres Pozos y otras c/Jujuy, Provincia de y otros s/amparo ambiental”. Asimismo, también han incidido las resoluciones de la ONU número 67/291 del año 2013 que estableció el Día del Inodoro los 19 de noviembre y la número 76/300 del 28 de julio de 2022 que estableció el derecho humano al ambiente sano. El fallo en Colombia sobre el río Atrato y lo establecido para el río Whanganui de Nueva Zelanda como el Ganges en la India. El agua tiene un valor esencial y fundante de la vida.
3) El acceso al agua es un derecho humano esencial, porque es la posibilidad que transversaliza todas las posibilidades, porque es la vida: no se puede estar más de tres días sin tomar agua y se puede pasar 30 días sin comer sólidos. Según datos técnicos se calcula que en el 2050 se incrementará en un 40% el consumo del agua, generando que un 52% de la población mundial sufrirá problemas graves en el acceso al agua. Actualmente 2.100 millones de personas en la Tierra padecen de escasez social y climática del agua. Con la tendencia antes señalada en el 2050 treparía a 4.160 millones de personas con problemas de acceso al agua. Como podemos ver no se va llegar a cumplir con el Objetivo 6 del Desarrollo Sostenible de la ONU para el año 2030 respecto a que pudieran acceder al agua y al saneamiento todas las personas del planeta.
El agua dulce no es abundante. No sobra, es muy escasa. La inequidad social y ambiental, la hace más escasa aún. Hay varios ríos contaminados, entre ellos y con distintos grados de contaminación el Río de la Plata y el río Paraná. Incentivar a contaminar a las empresas generaría un caos de lesa ambientalidad. Ya la contaminación del agua es dañosa, incentivarla es la entropía ambiental en su maximidad. Al agua no hay que dañarla ni contaminarla, hay que cuidarla.