El gobierno nacional redujo a la mitad la cantidad de productos alcanzados por las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), con el objetivo de flexibilizar plazos para exportación, disminuir costos operativos y de gestión, y evitar sanciones ante posibles incumplimientos.
El gobierno nacional facilita la exportación de legumbres, maní, arroz y derivados del maíz y el trigo
Se publicó en el Boletín Oficial que se reduce la cantidad de productos alcanzados por las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior
A través de la resolución 50/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se elimina una cantidad de productos, la mayoría de cadenas regionales, contemplados por la ley 21.453 que establece el requisito de declarar la venta al exterior.
Entre los productos -la mayoría se comercializa por contenedor- se encuentran legumbres como arvejas verdes y amarillas, garbanzos, porotos blancos, negros y colorados, y lentejas); arroz con cáscara, descascarillado, semiblanqueado o blanqueado, y partido; también maní confitería, partido y los demás; del maíz pisingallo y aceite; y afrechecho y afrechillo de trigo.
Desde el gobierno nacional destacaron que estas medidas se suman a una serie de iniciativas para simplificar la normativa, desburocratizar el sector, favorecer una competencia leal y aumentar las exportaciones, a la vez que se mejora la eficiencia en el uso de los recursos del Estado y se generan menores costos administrativos para el sector privado.
Medidas para la exportación
Entre las medidas se destacan la reducción en la cantidad de presentaciones anuales ante el Sistema Integral de Simplificación Agrícola (Sisa), la simplificación del Registro Unico de Operadores de la Cadena Agroindustrial (Ruca), la eliminación del Fideicomiso del Trigo y de los Volúmenes de Equilibrio en Granos, la eliminación de las restricciones a las exportaciones de carnes, la flexibilización de los horarios de faena y la derogación del Sistema de Información de Precios Bovinos, entre otras.