El titular del Departamento de Suelos y Aguas de la Facultad de Agronomía de la República uruguaya, Mario Pérez Bidegain, participó de la presentación oficial del observatorio de suelos santafesino, relatando la experiencia de la aplicación de la ley de suelos en ese país, que contempla la aplicación obligatoria para los productores de planes de manejo para la explotación adecuada de las tierras, de manera que no se degraden o presenten otro tipo de perjuicios. La intención de la norma no persigue restringir la sojización, pero sí ordenarla.
Cómo aplica Uruguay su ley de manejo
La ley de suelos en Uruguay se sancionó en 1982 pero nunca hubo voluntad de hacerla cumplir. En 2008 hubo una reforma, por la que los productores deben presentar en el Ministerio de Agricultura un plan de uso y manejo del suelo que contemple la rotación de cultivos y la erosión estimada tolerable para esas tierras. El acatamiento ha sido muy satisfactorio. En 2009, se volvió a modificar para ajustar la norma a los campos arrendados, de manera que dueño y explotador compartan iguales responsabilidades.
Cada plan de manejo debe ser elaborado por un ingeniero agrónomo, quien previamente debe rendir un examen para ser habilitado. Entonces, el profesional hace un mapa de suelos del campo en el que se va a sembrar y ajusta la rotación hasta que la erosión estimada sea menor a la permitida. Hasta ahí llega la responsabilidad del ingeniero. Luego, el productor debe llevar a cabo lo establecido. Si no cumple, primero se hace un apercibimiento y a la segunda oportunidad una multa, valuada en decenas de miles de dólares. El Estado fiscaliza los planes de uso pero también controla las malas prácticas (como el laboreo de un desagüe, el laboreo a favor de la pendiente y que el suelo no tenga cobertura, entre otras).
Pérez Bidegain destacó que la norma uruguaya se basa y ha sido posible implementarla gracias a cuatro pilares fundamentales vinculados con la ciencia, la tecnología, la sociedad y la política. Y mencionó en primer lugar "el conocimiento, la ciencia y la tecnología" vinculadas al suelo, su uso y manejo, "recolectados a lo largo de más de 40 años de trabajo interinstitucional", remarcó. El segundo pilar detallado por Pérez Bidegain se vincula a "la demanda de la sociedad, su actitud frente al cuidado del recurso natural, lo cual es algo que "debemos atender". En ese sentido, el tercer pilar se relaciona con la vida democrática, y la necesidad de otorgar un marco legal al cuidado de recurso del suelo.
Finalmente el cuarto pilar, también relacionado y que de alguna manera engloba a todo lo anterior, es "la voluntad política de que ocurra, sumada al liderazgo político. Eso se alineó en Uruguay".